El 29 de mayo de 2026 ha sido la fecha límite para la transposición a la legislación española de la nueva Directiva (UE) 2024/1275 de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD), aprobada por la Comisión Europea en abril de 2024. Se trata de una de las piezas clave del paquete Fit for 55, el conjunto de medidas europeas para reducir las emisiones un 55% en 2030 y alcanzar la neutralidad climática en 2050. La nueva EPBD sustituye a la Directiva 2010/31/UE y supone, según el sector, la transformación técnica más profunda del parque edificado español desde la posguerra.
A diferencia de otras normativas, la EPBD no establece solo objetivos lejanos: define un calendario progresivo con fechas concretas que afectan ya a promotores, industria, sector terciario y administraciones públicas. La transposición se instrumenta en España mediante la modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) y del Real Decreto 390/2021 sobre certificación energética. A continuación analizamos las cinco fechas clave que ningún actor del sector puede ignorar.
1. 31 de diciembre de 2026: solar obligatorio en edificios terciarios y públicos nuevos
A partir de esta fecha, todos los edificios nuevos de uso terciario o público con más de 250 m² de superficie útil deberán incorporar instalaciones solares fotovoltaicas. La medida afecta directamente a la industria (naves de más de 250 m²), al sector logístico, al comercio de gran formato, a los hoteles y a cualquier equipamiento público de nueva construcción. Para promotores con proyectos en fase de redacción, es imprescindible incorporar el diseño solar desde la ingeniería básica, no como complemento final.
2. 29 de mayo de 2026: nueva certificación energética europea
La fecha ya ha llegado. Los estados miembros debían tener adaptado su sistema de certificación a la nueva escala europea armonizada, que redefine la clase «A»: ahora se reserva exclusivamente para edificios de cero emisiones, y se incorporan dos categorías nuevas: «A0» (cero emisiones) y «A+» (demanda energética un 20% inferior al umbral de los ZEB). Para los propietarios de edificios con certificado actual, esto significa que «su A» ya no es la misma «A» europea. La consecuencia práctica es inmediata para operaciones de venta, alquiler y financiación verde.
3. 2028: edificios públicos nuevos de cero emisiones
Es el primer gran salto cualitativo. Todas las nuevas edificaciones propiedad de organismos públicos deberán ser edificios de cero emisiones (ZEB), es decir, con eficiencia energética muy elevada, demanda casi nula, cero emisiones in situ procedentes de combustibles fósiles y emisiones operativas de GEI muy bajas. La fecha implica que los proyectos de edificación pública en fase de planificación presupuestaria 2026-2027 ya deben incorporar criterios ZEB desde el anteproyecto. No hacerlo puede generar incompatibilidades normativas a la hora de licitar.
4. 2030: todos los edificios nuevos a cero emisiones + 22% de renovación residencial
La obligación ZEB se amplía a todos los edificios nuevos, públicos y privados, residenciales y terciarios. Paralelamente, el 22% de los edificios residenciales existentes menos eficientes deberán ser renovados energéticamente respecto al parque de 2020. Si tenemos en cuenta que, según las estimaciones del sector, entre el 80% y el 90% de los edificios residenciales españoles presentan clase energética E o inferior, la magnitud del reto es evidente: hablamos de cientos de miles de actuaciones de rehabilitación profunda en menos de cuatro años.
5. 2040: eliminación total de calderas de combustibles fósiles
Es la fecha final de una transición que ya ha empezado. Desde el 1 de enero de 2025, no se permiten ayudas públicas para la instalación de calderas de combustibles fósiles. Cada estado miembro debe elaborar un plan nacional de eliminación progresiva, garantizando que la inversión pública se dirija exclusivamente a tecnologías limpias como la aerotermia, la geotermia o la conexión a redes de calor renovables.
Qué hacer ahora: tres recomendaciones accionables
La experiencia nos dice que los cambios normativos de esta envergadura premian a quienes se anticipan. Ante este calendario, recomendamos tres acciones inmediatas a industria, promotores y administraciones:
Auditoría energética del parque de edificios propio. Identificar la clase energética actual, la distancia respecto a los nuevos umbrales ZEB y priorizar actuaciones. Una empresa con varios centros productivos o un ayuntamiento con diez equipamientos públicos necesitan un mapa de riesgo normativo antes de presupuestar nada.
Plan de inversión escalonado alineado con el calendario EPBD. Las actuaciones deben ordenarse según fechas obligatorias (2028, 2030) y criterio de coste-beneficio. Los fondos europeos NextGenerationEU y los programas de rehabilitación estatales y autonómicos siguen siendo accesibles, pero el periodo de acceso se está cerrando.
Anticipación a la modificación del CTE. El Código Técnico de la Edificación se está revisando para incorporar los requisitos ZEB. Los proyectos redactados bajo el CTE actual pueden quedar técnicamente obsoletos en pocos meses. Para promotores con pipeline 2026-2028, es crítico diseñar ya bajo criterios ZEB, aunque no sean obligatorios.
En auma auma acompañamos a promotores, industrias y administraciones en este tipo de auditoría, planificación y diseño técnico. La transposición de la EPBD ha dejado de ser un debate europeo abstracto: es el nuevo marco operativo del sector de la edificación en España para los próximos quince años. Anticiparse es, ahora mismo, la decisión más rentable que puede tomar cualquier propietario o gestor de edificios.